| Información General |
La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, reconoce la importancia de del fenómeno asociativo, como instrumento de integración en la sociedad y de participación en los asuntos públicos.
Cumple, de esta forma, con el mandato constitucional recogido en el artículo 22 CE, que regula el derecho fundamental de asociación.
El artículo 24 de la Ley expresa que el derecho de asociación incluye el derecho a la inscripción en el Registro de Asociaciones competente, bien sea en el Registro Nacional, o en los Registros Autonómicos.
En esta página, se dispone la información sobre los requisitos y documentación necesaria para inscribirse en el Registro de Asociaciones del Gobierno de La Rioja. La inscripción registral lo es sólo a los efectos de publicidad.
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