| SUBVENCIONES EN MATERIA DE JUVENTUD (Fin plazo de presentación)
|
| Organismo Responsable |
Instituto Riojano de la Juventud
|
| Consejería |
Consejería de Presidencia
|
| Requisitos
|
| Objeto
|
| |
Concesión de subvenciones destinadas a fomentar la realización de programas, proyectos y actuaciones cuyos destinatarios sean jóvenes residentes en La Rioja con edades comprendidas entre los catorce y treinta años así como la inversión en equipamiento y infraestructuras para el desarrollo de las mismas
|
| |
| Beneficiarios
|
| |
Tendrán la consideración de beneficiarios.
a) Los municipios de la Comunidad Autónoma de la Rioja. b) Las asociaciones juveniles, secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud que figuren inscritas en el Registro de Asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud y que hayan presentando o presenten la programación anual de actividades del año en curso y la memoria de las actividades realizadas en el ejercicio anterior. A estos efectos, las entidades que hubiesen solicitado la inscripción en el mencionado Registro con anterioridad a la publicación de la Resolución de convocatoria, podrán acogerse a la misma, si bien la concesión, en su caso, quedará condicionada a la inscripción registral.
c) Los consejos de juventud.
d) Las Escuelas de Formación de Directores y Monitores de tiempo libre reconocidas e inscritas como tales por el Instituto Riojano de la Juventud
e) Las instituciones sin ánimo de lucro que realicen servicios a la juventud, que tengan su sede social en esta Comunidad Autónoma o cuenten con delegación en ella, desarrollen su programa o actividad en la misma y afecte a sus residentes.
f) Los jóvenes empadronados en La Rioja y descendientes hasta el tercer grado de consaguinidad de emigrantes riojanos cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años ambos inclusive en el momento de formular la solicitud.
|
| |
| Conceptos subvencionables
|
| |
A) Corporaciones locales 1.- Gastos corrientes 1.1.- Actividades juveniles:
1.1.1.- Campamentos juveniles: Organizados por la entidad local: 80%
1.1.2.- Trabajos o colaboraciones del voluntariado joven: Campos de trabajo, cursos, jornadas y demás actividades relativas al voluntariado joven organizados por la entidad local: 80%
1.1.3.- Fomento de la creatividad.
1.1.4.- Intercambios juveniles: Encuentros que posibiliten la relación y convivencia entre jóvenes de la localidad, o entre estos jóvenes con jóvenes del resto de La Rioja, de España o de países integrantes de la Unión Europea: 70%
1.2.- Programas de formación.
1.3.- Personal dinamización centro joven.
1.4.- Mantenimiento/Conservación/Reparación simple: Únicamente se podrán financiarinversiones por importe inferior a 12.000 euros: 80%
B) Asociaciones y otras entidades prestadoras de servicios a la juventud recogidas en los apartados b), d) y e) del articulo 2 de la orden 2/2009/de 10 de marzo de la Consejería de Presidencia, de bases reguladoras de la presente convocatoria.
1.- Gastos corrientes 1.1.- Actividades juveniles:
1.1.1.- Campamentos juveniles: Organizados por la Entidad: 80%
1.1.2.- Trabajos o colaboraciones del voluntariado joven: Campos de trabajo, cursos, jornadas y demás actividades relativas al voluntariado joven organizados por la Entidad: 80%
1.1.3.- Fomento de la creatividad
1.1.4.- Intercambios juveniles.
1.2.- Programas de formación.
1.3.- Mantenimiento/Conservación/Reparación simple: Únicamente se podrá financiar Inversiones por importe inferior a 12.000 euros: 80%
2.- Gastos de capital 2.1.- Reforma/Gran Reparación de sede o instalación asociativa.
2.2.- Equipamiento de actividades, sedes o Instalaciones asociativas.
C) Consejos de juventud 1.- Gastos de capital 1.1.- Equipamiento de actividades y sedes de los consejos: Equipamientos con importe inferior a 2.500 euros: 80%
D) Jóvenes 1.- Gastos corrientes 1.1.- Cursos de Monitor y Directores de tiempo libre.
1.2.- Cursos de Gestión de asociaciones juveniles.
1.3.- Foros/Convivencias sobre necesidades juveniles/Programas voluntariado en La Rioja, resto de España y el extranjero.
1.4.- Asistencia a intercambios o cursos de idiomas de jóvenes en España y el extranjero:
|
| |
|
|---|
| Documentos necesarios
|
| - Documentación justificativa
|
Se recomienda para el envío telemático lo siguiente: 1. Comprimir en una carpeta toda la documentación que a continuación se relaciona con un programa informático compresor de archivos (zip) y adjuntarla en el apartado "Envío Telemático"
2. Ficha de alta de terceros, salvo que ya se encuentre en poder del Servicio. Si va a realizar el envío telemáticamente, pinche este enlace y podrá realizar el trámite del Alta de Terceros ,on line, con su firma digital"
Explicación de los documentos a aportar
La documentación exigida se relaciona en el artículo 9 de la orden reguladora (Ver Normativa)
También se puede obtener información sobre la documentación en la web del Instituto Riojano de La Juventud - www.irj.es
|
|
| Descarga de impresos
|
|
| Modelos de solicitud
|
Los impresos de solicitudes se facilitarán en:
- El Instituto Riojano de la Juventud, calle Muro de la Mata nº 8, Logroño
- Las Oficinales Locales de Juventud de:
a) Haro, sita en calle Castilla, 2. b) Alfaro, sita en la calle Plaza Esperanza nº 4, bajo. c) Calahorra, sita en la calle C/ Enramada, 1. d) Arnedo, sita en Paseo de la Constitución, 60 bis
- El Servicio de Atención al Ciudadano
Teléfono 900 700 333 Correo electrónico: informacion@larioja.org
- También puede obtener la solicitud desde el campo Descarga de impresos
|
| Lugares de presentación
|
La presentación podrá realizarse de dos formas:
1.- De forma presencial. Las solicitudes podrán presentarse en:
- En la Oficina General de Registro del Instituto Riojano de la Juventud.
- Oficinas de registro
- Las Oficinas Locales de Juventud (no obstante, no se entenderá que las solicitudes han sido efectivamente presentadas hasta que sean recepcionadas por alguna de estas Oficinas de Registro)
2.- De forma telemática desde el icono Envío telemático. Se deberá disponer de firma electrónica o DNI electrónico.
|
| Envío telemático
|
|
| Plazos
|
PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. BOR 5-2-2010.
Para Ayudas individuales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 15 de junio de 2010
PLAZO DE RESOLUCION
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados desde la publicación de la resolución de convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, los interesados quedarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
|
|
| Sentido del silencio
|
Desfavorable |
| Tasas
|
No
|
| Recursos que proceden
|
Reposición Potestativo
El recurso de reposición es potestativo, el interesado podrá interponer dicho recurso o acudir directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
|
| Normativa
|
|
| Contactos
|
|
| Última actualización:
15/02/2010
|
|