Página 1655 .-  Núm. 42 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Jueves, 1 de abril de 2004

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CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y POLÍTICA LOCAL
Decreto 23/2004, de 31 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004
II.A.150   

La Ley 9/2003, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2004, siguiendo los criterios recogidos en la normativa básica del Estado, establece en su artículo 46, que el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público, será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este límite, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino nombrado o contratado en los dos ejercicios anteriores, excepto aquellos sobre los que existe una reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión.
La limitación contenida en el párrafo anterior, no será de aplicación en la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes en desarrollo de las Leyes Orgánicas 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
Con independencia de lo dispuesto anteriormente, se podrán convocar, además, aquellos puestos o plazas que estando dotados presupuestariamente e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo o plantillas, se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2002.
La oferta de empleo público para el año 2004 que contiene el presente Decreto y que se refiere tanto al ámbito de los funcionarios como del personal laboral y estatutario, ha sido negociada previamente con los órganos de representación correspondientes.
En su virtud el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 31 de marzo de 2004, acuerda aprobar el siguiente,
Decreto
Artículo 1.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público
Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2004, constituida por las plazas vacantes concentradas en los sectores, funciones y categorías profesionales considerados prioritarios, cuya relación se especifica en el Anexo del presente Decreto. Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que viene referida.
Artículo 2.- Promoción Interna
En las convocatorias de pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos o Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se reserva para la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo o Escala inmediatamente inferior así como para el personal laboral, las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público que se detallan el Anexo del presente Decreto.
Se convocarán pruebas de promoción interna independientes de las de ingreso para el acceso al cuerpo Administrativo de Administración General así como para las plazas de personal laboral fijo de los grupos C y D, a excepción de las correspondientes a Oficial 1ª de Oficio (Conductor).
Artículo 3.- Plazas para acceso de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a las plazas que componen la presente oferta, a excepción del acceso a la Escala de Asesores Jurídicos, a la Escala de Inspectores de Finanzas y a la Escala de Agentes Forestales.
Lo establecido en el apartado anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Artículo 4.- Plazas para personas con minusvalía
1.- En las pruebas selectivas para ingreso en esta Administración incluidas las correspondientes a la promoción interna, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.
Las convocatorias para plazas de la presente Oferta de Empleo Público no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas y/o físicas sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o período de prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. En las convocatorias se indicará expresamente esta posibilidad, así como que los interesados deberán formular la petición concreta correspondiente en la solicitud de participación.
2.- Del total de plazas ofertadas se reserva un 5 por 100 del conjunto de las mismas para ser cubiertas por quienes tengan un grado igual o superior al 33% de minusvalía, según se detalla en el Anexo.
La opción a plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en las convocatorias, lo que deberá ser indicado expresamente en las mismas.
3.- A los efectos de este artículo, corresponderá a los órganos competentes de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales la acreditación de la condición de persona con minusvalía y de la aptitud para el desempeño de tareas y funciones del Cuerpo, Escala o categoría correspondiente.
Disposición Adicional Única.
Las convocatorias para la provisión de plazas vacantes a que se refiere la presente Oferta de Empleo Público, se aprobarán por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, a excepción de las convocatorias correspondientes a los cuerpos docentes que serán aprobadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y de las correspondientes al personal estatutario, que serán aprobadas por la Gerencia de Servicio Riojano de Salud.
Disposición Final Primera.
Se autoriza a la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local para dictar las normas que sean precisas en ejecución de lo dispuesto en este Decreto.
Disposición Final Segunda.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño a 31 de marzo de 2004.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, Alberto Bretón Rodríguez.

Anexo Oferta de Empleo Público para el año 2004
Turno Promoción Reserva mismo Reserva O.E.P.
Cuerpo/Escala libre interna grupo y C.destino discapacitados 2004
Personal funcionario no docente
Grupo A
Cuerpo Técnico de Administración General
Técnico A.G 4 9 1 14
Total: 4 9 0 1 14
Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial
C.F.S.A.E. (Ingeniero Caminos) 1 1
C.F.S.A.E. (Sociólogo) 1 1
C.F.S.A.E. (Ingeniero Minas) 1 1
C.F.S.A.E. (Técnico Superior) 2 2
C.F.S.A.E. (Técnico Superior Calidad Ambiental) 1 2 3
C.F.S.A.E. (Técnico Protección Civil) 1 1
Escala Asesores Jurídicos del C.F.S.A.E. 2 2
Escala de Inspectores de Finanzas del C.F.S.A.E. 2 2 4
Total: 11 4 0 0 15
Total grupo A: 15 13 0 1 29
Grupo B
Cuerpo Gestión de Administración General
Gestión A.G 1 5 6
Total: 1 5 0 0 6
Cuerpo Facultativo Grado Medio de Administración Especial
C.F.G.M.A.E. (Educador) 1 3 4
C.F.G.M.A.E. (Técnico Estadístico) 1 1
C.F.G.M.A.E. (Ing. Tco. Agrícola) 3 3 6
Total: 5 6 0 0 11
Total grupo B: 6 11 0 0 17
Grupo C
Cuerpo Administrativo de Administración General
Administrativo A.G 2 2
Total: 0 2 0 0 2
Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial
C.AY.F.A.E. (Delineante) 1 1
C.AY.F.A.E. (Ay. Tco. Educ. Dism) 1 1 2
Escala Agentes Forestales C.AY.F.A.E. 4 2 6
Total: 6 3 0 0 9
Total grupo C: 6 5 0 0 11
Grupo D
Cuerpo Auxiliar de Administración General
Auxiliar A.G 6 18 4 28
Total: 6 18 0 4 28
Cuerpo de Auxiliares Facultativos de Administración Especial
C.A.F.A.E. (Mecánico-Conductor) 1 1
C.A.F.A.E.(Auxiliar Técnico Educativo) 1 1 2
Total: 2 1 0 0 3
Total grupo D: 8 19 0 4 31
Grupo E
Cuerpo Subalterno de Administración General
Subalterno A.G 6 0 0 2 8
Total: 6 0 0 2 8
Total grupo E: 6 0 0 2 8
Total funcionarios no docentes: 41 48 0 7 96
Personal funcionario docente
Grupo A
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Profesor de Enseñanza Secundaria (Filosofía) 3 2 1 6
Profesor de Enseñanza Secundaria (Lengua Castellana y Literatura) 5 4 1 10
Profesor de Enseñanza Secundaria (Ingles) 3 3 6
Profesor de Enseñanza Secundaria (Educación Física) 3 2 5
Profesor de Enseñanza Secundaria (Psicología y Pedagogía) 3 2 5
Profesor de Enseñanza Secundaria (Informática) 2 2 4
Total: 19 15 0 2 36
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
Profesor de Escuelas Oficiales de Idiomas (Inglés) 3 1 4
Total: 3 0 1 0 4
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Profesor de Música y Artes Escénicas (Clarinete) 3 3
Profesor de Música y Artes Escénicas (Contrabajo) 1 1
Profesor de Música y Artes Escénicas (Flauta Travesera) 3 3
Profesor de Música y Artes Escénicas (Guitarra) 3 1 4
Profesor de Música y Artes Escénicas (Lenguaje Musical) 3 3
Profesor de Música y Artes Escénicas (Piano) 4 1 1 6
Profesor de Música y Artes Escénicas (Trompa) 1 1
Profesor de Música y Artes Escénicas (Trompeta) 2 2
Profesor de Música y Artes Escénicas (Violín) 4 1 1 6
Profesor de Música y Artes Escénicas (Violonchelo) 2 2
Total: 26 0 3 2 31
Total funcionarios docentes: 48 15 4 4 71
Personal laboral
Personal laboral fijo
Grupo C
Técnico Auxiliar de Obra 3 3
Técnico Especialista (Carpintería) 1 1
Técnico Especialista (Electricidad) 1 1
Total grupo C: 0 5 0 0 5
Grupo D
Operador de Máquina 1 1
Oficial 1ª de Oficio (Prevención y Extinción de Incendios) 1 1
Oficial 1ª de Oficio (Mantenimiento) 1 1
Oficial 1ª de Oficio (Albañil) 1 1
Oficial 1ª de Oficio (Conductor) 1 1 2
Oficial 2ª de Oficio (Imprenta) 1 1
Total grupo D: 2 5 0 0 7
Grupo E
Operario Espec. (Retenes) 2 2
Operario Espec. (Mantenimiento) 1 1
Operario Espec. (Carreteras) 2 2
Operario Espec. (Jardinería) 1 1
Operario 20 20
Total grupo E: 26 0 0 0 26
Personal Laboral Fijo Discontinuo
Grupo D
Operador de Máquina 1 1
Total grupo D: 0 1 0 0 1
Grupo E
Op. Espec. (Ay. Conductor Autobombas) 2 2
Op. Espec. (Viveros) 2 2
Total grupo E: 4 0 0 0 4
Total personal laboral: 32 11 0 0 43
Personal estatutario
Grupo A
Facultativo Médico de Familia Equipo de Atención Primaria 8 8
Facultativo Pediatra Equipo de Atención Primaria 5 5
Total grupo A: 13 0 0 0 13
Grupo B
DUE 9 1 10
Total grupo B: 9 0 0 1 10
Grupo D
Auxiliar de Enfermería 9 1 10
Total grupo D: 9 0 0 1 10
Total personal estatutario: 31 0 0 2 33
Total oferta: 152 74 4 13 243


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