La Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta:
I
Antecedentes
Con el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueban las medidas extraordinarias adoptadas para dar cumplimiento al compromiso del Gobierno de acelerar, la reducción del déficit público, se hace necesario, la adecuación genérica de los Complementos Específicos a las reducciones derivadas de la aplicación en materia retributiva, de los apartados 1, B, d), del articulo 24, que textualmente señala: "Con efectos 1 de junio de 2010 El complemento especifico que, en su caso, esté asignado al puesto que se desempeñe, cuya cuantía anual, sin perjuicio de lo previsto en el articulo 24.UnoB) letra a), experimentará una reducción de 5 por ciento respecto de la vigente a 31 de mayo de 2010.
El complemento especifico anual se percibirá en catorce pagas iguales de las que doce serán de percibo mensual y dos adicionales. La paga adicional del mes de diciembre será del mismo importe mensual que el complemento específico mensual que corresponda en este periodo."
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 24.Uno.B.b) del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo y el apartado A 1.2.a de la Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, dispone que las retribuciones complementarias del personal del Grupo E: con carácter general serán reducidas en el 1% respecto de las vigentes a 1 de enero de 2010.
II
Modificaciones Retributivas
Abordar la modificación del Catalogo y la Relación de Puestos de Trabajo en esta Administración Municipal, referida a la adecuación genérica de los Complementos Específicos, mediante la aplicación de una reducción del 5 por ciento respecto de las cantidades vigentes a 31 de mayo de 2010 excepto el 1 por ciento a los complementos específicos de los puestos de trabajo catalogados en el Grupo E.
III
Participación en el Proceso
Se han llevado a cabo las preceptivas negociaciones con la representación sindical que señala el Art. 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, tal y como recoge el Acta de la Mesa General de Negociación de día de mayo de 2010.
IV
Competencia para la Aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo.
Que según lo dispuesto en el Art. 127 apartado h) de la Ley 7/1985, de 2 abril, corresponde a la Junta Gobierno Local: Aprobar la Relación de Puestos de Trabajo ()
V
Informes
El informe de la TAG de Organización y RR.HH, de fecha 3 de junio de 2010.
Adopta los siguientes:
Primero: Aprobar las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo, correspondientes a esta Administración, derivadas de la disminución de Complementos Específicos, en los términos señalados en los expositivos del presente Acuerdo con las características que se contienen en el documento anexo a este acuerdo.
Segundo: Efectos económico administrativos de fecha 1 de junio de 2010.
Tercero: Los acuerdos citados se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 28 de juno de 2010.- El Alcalde, Tomás Santos Munilla.
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