La Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de atender las necesidades de personal de la Entidad en casos de incapacidad temporal, bajas por maternidad o para la cobertura de puestos de carácter temporal por situación de reserva de puesto y conforme al artículo 17.j) del Reglamento de la Ley 7/1997, de 3 de octubre, aprobado por Decreto 57/2005, de 2 de septiembre, el Director del Departamento de Gestión, conforme a la Resolución de 13 de julio de 2007, de delegación de competencias (BOR. núm. 97 de 21.07.07) acuerda convocar convocatoria pública para la constitución de bolsas de empleo que se describen: Bolsa de empleo de personal Técnico Bolsa de empleo de personal Auxiliar Administrativo Bolsa de empleo de personal Operario con arreglo a las siguientes Bases de la convocatoria Base primera. Objeto de la convocatoria Es objeto de las presentes Bases la convocatoria para la creación de tres Bolsas de Empleo con las que atender las necesidades de prestación de servicios de carácter temporal en las plazas vacantes originadas por situaciones de incapacidad temporal, baja maternal o vacantes cuya cobertura está en proceso o vacantes en puestos con reserva. Esta convocatoria creará en cada Bolsa de Empleo una lista de candidatos, conforme a los criterios de gestión de la bolsa y a la evaluación de méritos y capacidades profesionales recogidas en las bases séptima y octava. Base segunda. Requisitos de los candidatos Para pasar a formar parte de las Bolsas de Empleo, serán requisitos necesarios, que deberán cumplirse siempre en la fecha de presentación de la instancia y mientras permanezcan en activo las listas, los siguientes requisitos: A) Requisitos generales: 1. Tener nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, los nacionales delos Estados miembros de la Unión Europea, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o siendo mayores de dicha edad sean dependientes; así como las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes. 4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. B) Requisitos específicos: Además de los requisitos generales anteriores, será necesario que los candidatos cumplan los siguientes requisitos, dependiendo de la Bolsa de Empleado a la que se inscriban: Bolsa de Empleo de Personal Técnico 1.- Estar en posesión de Titulación Universitaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2- Conocimientos y/o experiencia específicos en los apartados que a continuación se detallan: Dado el carácter específico de los puestos de Técnico, dentro de la Bolsa de empleo se crean los siguientes apartados con objeto de cubrir puestos de las diferentes Áreas de la Agencia: - Internacionalización y Comercio Interior - Innovación y Tecnología - Gestión Administrativa de Expedientes - Gestión jurídica Bolsa de Empleo de Personal Auxiliar Administrativo 1.- Estar en posesión del Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, así como Ciclo Formativo de Grado Medio o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.- Conocimientos acreditados a nivel de usuario de entorno Windows y paquete Office (Word, Excel, Access y power point). Bolsa de Empleo de Personal Operario Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Base tercera. Régimen de incompatibilidades Los candidatos que resulten seleccionados quedarán sometidos desde el momento en que se incorporen al trabajo al régimen de incompatibilidades que establece la legislación vigente. Base cuarta. Solicitudes 1. Las solicitudes, se dirigirán al Departamento de Gestión, Unidad de Recursos Humanos de la Agencia conforme al modelo que se facilitará gratuitamente en la sede de la Agencia, Muro Francisco de la Mata números 13-14, Logroño (La Rioja), código postal 26071, que consta deimpreso de solicitud y currículo normalizado. Junto a éste se adjuntará fotocopia de la documentación acreditativa del mismo, la cual será objeto de la valoración recogida en la Base Séptima. 2. Las solicitudes se presentarán en el Registro de la sede de la Agencia, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. La inscripción en las listas de la Bolsa de Empleo permanecerá abierta permanentemente y se irá actualizando periódicamente conforme a los criterios de gestión de la bolsa y a la evaluación de méritos y capacidades profesionales recogidas en las bases séptima y octava. Base quinta. Admisión de candidatos 1. Para la formalización de las primeras Bolsas de empleo, se evaluarán y valorarán todas las solicitudes presentadas en los veinte primeros días naturales a partir de la publicación de estas Bases, y se expondrán en el Tablón de Anuncios de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja. Posteriormente y con carácter trimestral, como máximo, se volverán a exponer en tablón de Anuncios de la Agencia, siempre que existan nuevas solicitudes o se presentes datos actualizados de las existentes. 2. En el caso de que algún candidato no cumpliera los requisitos exigidos en la Base Segunda "Requisitos de los candidatos", tanto en este primer momento como posteriormente, se le remitirá un escrito indicándole las causas por las que se le excluye, disponiendo de cinco días hábiles para formular las reclamaciones que estimen oportunas. Base sexta. Comisión de Valoración La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros: - Presidente: D. Fermín Jiménez Ibáñez, Director del Departamento de Gestión de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja. - Suplente: Dª. Amaya Latorre Sobrón, Secretaria General Técnica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico. - Vocales: M0 Dolores Antón Rodríguez, Responsable de gestión de personal y RRHH. - Suplente: Paz Hernando Martínez, Control Interno. - Secretaria: María Soledad Aldonza Vivanco, Técnico Analista de Procesos. - Suplente: M0 del Coro Pascual González, Técnico Área de Gestión. Base séptima. Sistema de valoración Conforme a la documentación presentada por los candidatos, se evaluará por la Comisión de Valoración, conforme al baremo que se expone: Bolsa de Empleo de Personal Técnico 1.- Titulación Universitaria Superior: 1 punto 2.- Titulación Universitaria Media: 0,5 puntos 3.- Master o Cursos de Postgrado: 1 punto 4.- Experiencia profesional en Organismos o Entidades Públicas: 0,25 por mes trabajado. 5.- Experiencia profesional en empresas privadas: 0,15 por mes trabajado. 6.- Cursos Específicos dependiendo del Área del puesto a cubrir: (Internacionalización y Comercio Interior, Innovación y Tecnología, Gestión Administrativa de Expedientes y Gestión jurídica) - Cursos específicos de cada Área -0-20 horas: 0,5 puntos - 20-50 horas: 1 punto - más de 50 horas: 1,5 7.- Cursos de ofimática (Word, Excel, Access y power point) - 20 horas: 0,5 puntos - 20-50 horas: 1 punto - más de 50 horas: 1,5 8.- Idioma inglés hablado y escrito - Nivel alto acreditado: Escuela de Idiomas o título acreditativo: 1,5 puntos - Nivel medio acreditado: 1 punto Bolsa de Empleo de Personal Auxiliar Administrativo 1.- Titulación FP de la rama o similar: 1 punto 2.- Graduado Escolar o equivalente: 0,5 puntos 3- Experiencia profesional en Organismos o Entidades Públicas: 0,25 por mes trabajado. 4.- Experiencia profesional en empresas privadas: 0,15 por mes trabajado. 5.- Cursos de ofimática (Word, Excel, Access y power point) - 20 horas: 0,5 puntos - 20-50 horas: 1 punto - más de 50 horas: 1,5 Bolsa de Empleo de Personal Operario 1.- Experiencia profesional en Organismos o Entidades Públicas: 0,25 por mes trabajado. 2.- Experiencia profesional en empresas privadas: 0,15 por mes trabajado. 3.- Cursos de ofimática (Word, Excel, Access y power point) - 20 horas: 0,5 puntos - 20-50 horas: 1 punto - más de 50 horas: 1,5 Base octava. Gestión de listas de espera 1. Las primeras Bolsas de empleo una vez valoradas se publicarán conforme a lo recogido en la Base Quinta. La lista contendrá relación de candidatos, por orden de puntuación según la valoración realizada por la Comisión de valoración en base al baremo de la Base Séptima, con los siguientes datos: DNI, Nombre y Apellidos y valoración curricular de cada candidato. 2. Las Bolsas se irán actualizando con la recepción de nuevas solicitudes de candidatos o bien por actualización de datos, debidamente acreditados, de los candidatos ya inscritos, que se evaluarán y se incluirán en el lugar que les corresponda según la baremación de la Base Séptima en la lista que le corresponda. 3. Con periodicidad trimestralmente, como máximo, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Agencia, las listas de espera actualizadas, siempre que haya modificaciones de nuevos candidatos o se actualicen los datos de los anteriores. 4. Cuando surja la necesidad de la cobertura de un puesto de trabajo que reúna las condiciones de los recogidos en las Bolsas de Empleo, se utilizará la lista de la Bolsa de Empleo del puesto a cubrir, haciendo llamamiento al candidato que ocupe el número uno de la misma. Si por causas no imputables al candidato no pudiera aceptar la oferta o es imposible su localización en tres días, se respetará su posición en la lista; en caso contrario, se le anulará de la misma. Base novena. Formalización del contrato de trabajo Con el candidato seleccionado se suscribirá un contrato de trabajo de duración determinada (contrato de interinidad), con el período de prueba que figura en la base primera, y le será de aplicación la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y demás disposiciones vigentes. Base décima. Presentación de documentos y selección de candidatos El candidato seleccionado, según los criterios establecidos en las bases anteriores, será requerido para la realización de una entrevista y para que en el plazo de tres días hábiles presenten en la sede de la Agencia, en original y copia o copia autenticada, los siguientes documentos: a) Documento Nacional de Identidad y Tarjera de la Seguridad Social, en su caso. b) Titulación exigida. c) Certificado médico de aptitud. d) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio deninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme al modelo que se facilite. Logroño, 30 de abril de 2008.- El Director del Departamento de Gestión (por delegación competencias, Resolución de 13 07.07, B.O.R. núm. 97 de 21.07.07), Fermín J. Jiménez Ibáñez.
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