Advertidos errores de publicación en las páginas 4440 y 4443 del Boletín Oficial de La Rioja nº 138, de fecha 7 de noviembre de 2000, correspondiente al Acuerdo para el personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones: Pagína 4440: Artículo 11º.- Por razón de su función Donde dice: " Los funcionarios docentes se agrupan en los siguientes Cuerpos establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, General del Sistema Educativo (LOGSE)". Debe decir: "Los funcionarios docentes se agrupan en los siguientes Cuerpos establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, General del Sistema Educativo (LOGSE) y en la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes". Donde dice: "Grupo A" Incluir el siguiente texto: "Cuerpo de Inspectores de Educación" PÁGINA 4443: Donde dice: "2.- Además de lo previsto en el apartado anterior, los funcionarios tendrán derecho a los permisos no retribuidos reconocidos en el Art. 16 del presente Acuerdo" Debe decir: "2.- Además de lo previsto en el apartado anterior, los funcionarios tendrán derecho a los permisos no retribuidos en el Art. 19 del presente Acuerdo". Logroño, 2 de abril de 2002.- Director General de Empleo y Relaciones Laborales, Carlos Gonzalo Sáinz
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