Página 4259 .-  Núm. 39 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles, 31 de marzo de 2010

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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE EBRO
Aprobación definitiva del expediente de modificación de la plantilla y la relación de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro núm. 1 de 2010
II.A.73   

Por no haberse presentado reclamaciones, ha sido elevado a definitivo el expediente de modificación de la plantilla y la relación de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro núm. 1 de 2.010, como consecuencia del cambio de régimen del puesto de Trabajador Social, que pasa de ser una plaza sujeta a legislación laboral, a ser una plaza reservada a funcionarios de carrera dentro de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico medio.
De este modo, la plantilla de personal de este Ayuntamiento queda configurada de la siguiente manera:

A) Plazas reservadas a funcionarios de carrera.
Denominación Nº Plazas Existentes Vacantes A extinguir Grupo
1. Habilitación de Carácter Nacional
1.1 Secretario-Interventor 1 0 0 A1
2. Escala de Administración General
2.1.Subescala Gestión 1 1 0 A2
2.2 Subescala Administrativa
-Administrativos 2 1 0 C2
2.3 Subescala Auxiliar.
- Auxiliares 2 1 0 C2
3 Escala de Administración Especial
3.1 Subescala Técnica
3.1.1 Trabajador Social 1 1 0 A2
3.2 Subescala Servicios Especiales
3.2.1.Vigilante B 1 1 0 E
3.2.2. Alguacil-Ordenanza 1 0 0 C2
3.2.3. Vigilante 1 0 0 C2
3.2.4 Personal de Oficio 1 0 0 E


B) Plazas Sujetas a Legislación Laboral.

Denominación Nº Plazas Exist. Plazas Vacantes Grupo Asimilado Titul. Requerida
Operarios Limpieza 5 0 E
Operarios Servicios Múltiples 5 1 E
Encargado Mantenimiento 1 1 C2 Grad. ESO o equivalente


Asímismo, la Relación de Puestos de Trabajo que integran el catálogo de la plantilla de personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento queda configurada de la siguiente manera:

Denominación Nº Puestos Sist. Provis. C.D. Grupo Req. C.E. Jornada
Secretaría-Intervención
Personal Funcionario
1 Secretario- Interventor 1 C.H.N. 28 A1 H.N. 15.181,00 F.E.
22 Técnico de Gestión 1 C.G. 20 A2 O 4.394,50 C.M. y S.
2 Administrativo Secretaria 1 C.G. 22 C1 O 5.193,50 C.M. y S.
3 Administrativo Cont. y Nom. 1 C.G. 22 C1 O 5.193,50 C.M. y S.
5 Auxiliar Advo. Secretaria 1 C.G. 18 C2 O 3.995,00 C.M. y S.
4 Auxiliar Advo. A.G. 1 C.G. 17 C2 O 2.529,91 C.M. y S.
Personal Laboral
6 Auxiliar Biblioteca 1 C.G. 14 C2 O 1.384,85 C.T.
27 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 1.294,38 E.
29 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 1.558,05 P.
9 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 932,03 C.T.
25 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 1.464,77 C.T.
26 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 1.198,50 C.T.
28 Operario Limpieza Edificios 1 C.G. 10 E 1.065,27 C.T.
Servicios Especiales
Personal Funcionario
19 Alguacil-ordenanza 1 C.G. 15 C2 C.C. 4.394,50 F.E.
20 Vigilante 1 C.G. 14 C2 C.C. 3.196,00 C.M.E.
21 Vigilante-b 1 C.G. 13 E C.C. 3.595,50 E.
Obras
Personal Funcionario
16 Enterrador/oper. Serv. Mult. 1 C.G. 14 E C.C. 4.394,50 C.M. E.
Personal Laboral
32 Encargado Mantenim. 1 C.G. 18 C2 C.C. 6.791,50 C.M. y S.
10 Resp. Mantenim. / Oper. Serv. 1 C.G. 14 E C.C. 6.192,25 C.M. y S.
11 Resp. Obras / Oper. Serv. 1 C.G. 14 E C.C. 6.192,25 C.M. y S.
12 Operario-maqui./ Serv. Mult. 1 C.G. 14 E C.C. 3.995,00 C.M. y S.
30 Operario Serv. Mult. 1 C.G. 14 E C.C. 3.995,00 C.M. y S.
14 Operario Serv. Multiples 1 C.G. 14 E C.C. 3.795,25 C.M. y S.
13 Oper. Serv. Mul. / Mtto. Pol. 1 C.G. 14 E C.C. 3.795,25 C.M. E.V.
15 Vigilante-mantenim. Pol. 1 C.G. 14 E C.C. 3.795,25 E.
Servicios Sociales
Personal Laboral
17 Auxiliar Ayuda a Domicilio 1 C.G. 13 E C.G. 1.597,00 C.M.
Personal Funcionario
18 Trabajador Social 1 C.G. 20 A2 4.394,50 C.M.


C.G.: Concurso General; H.N.: Habilitación Nacional; O.: Ofimática; C.C.: Carnet de Conducir; C.G.: Conocimientos en geriatría; F.E.: Flexible Especial; C.M. Y S: Continua Mañanas y Sábados; C.M.: Continua Mañana; C.T.: Continua Tarde; C.M.E.: Continua Mañana Especial; E.: Especial; C.M. Y S.:Continua Mañana y Sábados; E.V.: Especial Verano; P.: Partida.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra este acuerdo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo por los legitimados del artículo 170.1 y por los motivos expuestos en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y plazos establecidos en la ley reguladora de dicha jurisdicción.
En Aldeanueva de Ebro a 23 de marzo de 2010.- El Alcalde, Angel Fernández Calvo.

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